martes, 10 de abril de 2012

CAPITI DEMINUTIO

Consistía en la perdida de la libertad o de la ciudadanía, o en la transformación de la personalidad civil desde el punto de vista del estado de familia.


La máxima: implicaba la pérdida completa de la personalidad civil, puesto que dejando el ser humano de ser libre, dejaba de ser persona. “Con razón la capiti diminutio equivale a la muerte civil”.


La media: no producía la perdía de la personalidad puesto que esta podría existir también en los no ciudadanos, pero desmejoraba la condición jurídica y social de la persona, y desaparecía por regla general los derechos, situaciones y estados inherentes a la calidad de ciudadano..


v  Una persona sui iuris se hacia alieni iuris
v  Un alieni iuris se hacía sui iuris por emancipación.
v  Un alieni iuris pasaba de la potestad de su páter familias a otra distinta.


La mínima: envolvía la pérdida de la personalidad y no siempre desmejoraba la condición jurídica y social de la persona.




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