CAPITI DEMINUTIO
Consistía
en la perdida de la libertad o de la ciudadanía, o en la transformación de la
personalidad civil desde el punto de vista del estado de familia.
La máxima: implicaba la
pérdida completa de la personalidad civil, puesto que dejando el ser humano de
ser libre, dejaba de ser persona. “Con razón la capiti diminutio equivale a la
muerte civil”.
La media: no producía la
perdía de la personalidad puesto que esta podría existir también en los no
ciudadanos, pero desmejoraba la condición jurídica y social de la persona, y
desaparecía por regla general los derechos, situaciones y estados inherentes a
la calidad de ciudadano..
v Una persona sui iuris
se hacia alieni iuris
v Un alieni iuris se hacía
sui iuris por emancipación.
v Un alieni iuris
pasaba de la potestad de su páter familias a otra distinta.
La mínima: envolvía la pérdida
de la personalidad y no siempre desmejoraba la condición jurídica y social de
la persona.
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